La Ley 5/2014 de seguridad privada Artículo 52. Tipos de medidas.
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Segurpricat Siseguridad Consultoria de seguridad organizativa, dirigidas a evitar o poner término a cualquier tipo de amenaza, peligro o ataque deliberado, mediante la disposición, programación o planificación de cometidos, funciones o tareas formalizadas o ejecutadas por personas; tales como la creación, existencia y funcionamiento de departamentos de seguridad o la elaboración y aplicación de todo tipo de planes de seguridad, así como cualesquiera otras de similar naturaleza que puedan adoptarse
1. A los exclusivos efectos de la ley 5/ de seguridad privada, se podrán adoptar los siguientes tipos de medidas de seguridad, destinadas a la protección de personas y bienes:

a) De seguridad física, cuya funcionalidad consiste en impedir o dificultar el acceso a determinados lugares o bienes mediante la interposición de cualquier tipo de barreras físicas.
b) De seguridad electrónica, orientadas a detectar o advertir cualquier tipo de amenaza, peligro, presencia o intento de asalto o intrusión que pudiera producirse, mediante la activación de cualquier tipo de dispositivos electrónicos.
c) De seguridad informática, cuyo objeto es la protección y salvaguarda de la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los sistemas de información y comunicación, y de la información en ellos contenida.
d) De seguridad organizativa, dirigidas a evitar o poner término a cualquier tipo de amenaza, peligro o ataque deliberado, mediante la disposición, programación o planificación de cometidos, funciones o tareas formalizadas o ejecutadas por personas; tales como la creación, existencia y funcionamiento de departamentos de seguridad o la elaboración y aplicación de todo tipo de planes de seguridad, así como cualesquiera otras de similar naturaleza que puedan adoptarse.

e) De seguridad personal, para la prestación de servicios de seguridad regulados en esta ley, distintos de los que constituyen el objeto específico de las anteriores.
2. Las características, elementos y finalidades de las medidas de seguridad de cualquier tipo, quien quiera que los utilice, se regularán reglamentariamente de acuerdo con lo previsto, en cuanto a sus grados y características, en las normas que contienen especificaciones técnicas para una actividad o producto. Asimismo dichas medidas de seguridad, medios materiales y sistemas de alarma deberán contar con la evaluación de los organismos de certificación acreditados en el momento de su instalación y tendrán vigencia indefinida, salvo deterioro o instalación de un nuevo sistema, que deberá ser conforme a la homologación que le resulte aplicable.

Segurpricat Siseguridad julian flores garcia
Pau Claris 97 4º1º
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Me llamo Julián Flores Garcia respondo al perfil de consultor-director de Seguridad aquel profesional de la Seguridad privada que contribuye a la minoración de posibles riesgos asociados a la actividad industrial o mercantil de las empresas como una medida de anticipación y prevención apostando por la integración de las distintas seguridades en un concepto de Seguridad integral Corporativa que considera el enorme potencial que ofrece internet nuevas tecnologies TIC,s para los negocios de Seguridad privada , el marketing y la comunicación, compartiendo en mi Blog Corporativo en diferentes blogs sobre seguridad nacional, seguridad internacional , seguridad de los sistemas de información de la empresa TIC como blogger, wordpress , y tumblr las opiniones y noticias que considero màs interesantes, y interacciono con perfiles en redes sociales como herramientas de promoción y distribución de mis propios contenidos.
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