Blog de noticias de seguridad privada y pública

Blog de noticias de actualidad de seguridad privada organizativa y pública, dirigidas a evitar o poner término a cualquier tipo d amenaza, peligro o ataque deliberado, mediante la disposición, programación o planificación de cometidos, funciones o tareas formalizadas o ejecutadas por personas; tales como la creación, existencia y funcionamiento de departamentos de seguridad o la elaboración y aplicación de todo tipo de planes de seguridad, así como cualesquiera otras de similar naturaleza que puedan adoptar.

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Día: 17 julio, 2018

La misión de la UNIÓN EUROPEA UE ayuda al Ejército maliense a mejorar sus capacidades militares, para que pueda recuperar la integridad territorial del país

La misión de la UNIÓN EUROPEA UE ayuda al Ejército maliense a mejorar sus capacidades militares, para que pueda recuperar la integridad territorial del país.

12 TERRORISTAS ATACARON EL HOTEL DE LA CADENA RADISON EN MALI , MAS DE 180 REHENES Y TRECE MUERTOS HASTA ESTE MOMENTO.

Al menos 170 rehenes -140 de ellos huéspedes y 30 empleados- y un número indeterminado de personas han resultado heridas durante un tiroteo perpetrado este viernes por un grupo #yidahista en el hotel Radisson, en el centro de Bamako, la capital de #Mali. Por el momento, el Ministerio de Seguridad de Mali han confirmado ventiocho muertos -un francés y dos malienses- aunque varios medios apuntan a que son al menos cinco los fallecidos.De los 170 secuestrados, los terroristas han liberado a una decena que han sido capaces de recitar varios versos del Corán o la ‘shahada’ (profesión de fe islámica), considerada uno de los pilares del islam. Otros, como varios trabajadores de la ONU y de Turkish Airlines, han logrado escapar mientras que el Ejército ha liberado a cerca de 30 personas. A su salida, varios de ellos han confesado que los terroristas llevan cinturones explosivos, hablan en inglés y que la situación en el interior del hotel es “horrible” y “lleno de cadáveres”, según informa France 24.

El destino de la estabilidad en el África subsahariana -y, por ende, de Europa- se sostiene sobre la fragilidad de Mali. Los reiterados golpes yihadistas, la criminalidad de bandas dedicadas al tráfico de todo lo imaginable y las consecuentes crisis humanitarias azuzan un conflicto terrorista que parece no tener fin. Al menos, a corto plazo. Ahora, el Ejército español toma el mando en la región d Mali dentro del Sahel para apaciguar el polvorín en el que se ha convertido esta región.

Sobre los hombros del general de brigada Enrique Millán Martínez recaerá esta responsabilidad. Desde el 31 de enero y hasta finales de noviembre de 2018, el militar asumirá el mandato de una de las misiones más complejas que pueden asumir las Fuerzas Armadas en el escenario internacional: ostentar el mando de la EUTM-Mali, la misión de adiestramiento de las tropas locales proyectada por la Unión Europea.

Otras noticias : Muere el quinto soldado francés en combate contra los yihadistas en Mali

Se trata de un cabo del primer regimiento de infantería de Marina de Anguluema, agregó el Elíseo en un breve comunicado

Internacional | 17/03/2013 – 09:55h | Actualizada a las 11:34h

Muere el quinto soldado francés en combate contra los yihadistas en Mali

Legionarios franceses salen de un avión militar en el aeropuerto de Bamako, Mali AP / Jeremy Lempin

MÁS INFORMACIÓN
  • Al Qaeda quería implantar un Estado islámico en el norte de Mali
  • París no negociará con los secuestradores de los rehenes franceses
  • Ocho muertos en un ataque con coche bomba en la ciudad maliense de Kidal

París (EFE).- Un soldado francés perdió la vida en combate en el norte de Mali, convirtiéndose en el quinto militar francés fallecido en ese país, informó hoy el Palacio del Elíseo.

Se trata de un cabo del primer regimiento de infantería de Marina de Anguluema, agregó el Elíseo en un breve comunicado.

El jefe del Estado francés, François Hollande, presentó sus condolencias a sus familiares y saludó la valentía de las fuerzas francesas «comprometidas en Mali, en la última fase, la más delicada, de su misión», indicó la presidencia francesa.

Las fuerzas armadas francesas iniciaron a intervención militar en Mali el pasado 11 de enero a petición de Bamako para frenar el avance islamista desde el norte hacia la capital.

Julian Flores Garcia

Director de Consultoria Nacional y
Internacional de Latinoamerica.
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17 julio, 201818 julio, 2018 Julian Flores GarciaAñadir un comentario

Atraco de delincuentes sudamericanos chilenos armados con armas de fuego en una Joyeria que se ha producido con el centro comercial Anec Blau

Fa pocs minuts s’ha produït un atracament a la joieria José Luis de l’Ànec Blau de #Castelldefels. No hi ha hagut cap ferit i ara mateix els 4 individus armats que han atracat l’establiment es troben perseguits pels Mossos d’Esquadra. pic.twitter.com/T5ErcWA2C4

— Aj. de Castelldefels (@AjCastelldefels) 16 de julio de 2018


Una banda organizada de delincuentes sudamericanos armados con armas de fuego han asaltado este lunes al mediodía una joyería en el centro comercial Ànec Blau de Castelldefels. El atraco se ha producido con el centro comercial lleno de gente y el establecimiento atendido solo por una dependienta.

Investiguem un atracament a una joieria al centre comercial Ànec Blau de Castelldefels

Un company fora de servei ha intentat aturar-los en el lloc dels fets pic.twitter.com/9PrG5NT2xY

— Mossos (@mossos) 16 de julio de 2018


Los asaltante, armados todos con pistolas, han arrambado con todo el material que han encontrado en los mostradores y al huir se han encontrado con un mosso d’esquadra, fuera de servicio, que ha tratado de barrerles el paso a punta de pistola. Los asaltantes se han abierto paso a disparos y no han herido a nadie.Antes de huir, una dependienta de una tienda cercana se ha acercado hasta la joyería y ha arrojado una botella de agua contra el aparador de la tienda. En ese momento, uno de los asaltantes la ha apuntado con su pistola. Que no dispararan da muestras de que los asaltantes son profesionales, buscan asaltar rápidamente y huir sin provocar bajas. Y eso han hecho. Han utilizado un vehículo robado, dos días antes, y que después han abandonado en llamas para borrar cualquier huella.

La gerente del Ànec Blau, Ana Torres, ha explicado que todo ocurrió muy rápido , «en menos de un minuto y medio» y que los vigilantes de seguridad habilitados de la empresa de seguridad privada del centro comercial Anec Blau se desplazaron hasta la joyería después de que otros comerciantes los alertaran.

Por el modo que han actuado los cuatro delincuentes que perpretarón el atraco a mano armada , la sangre fria y profesionalidad, la rapidez y el botín obtenido, los investigadores de la Unidad Central de Atracos de la DIC de los Mossos sospechan que se trata de una de las bandas itinerantes de sudamericanos, especialmente chilenos o colombianos, que se han especializado en este tipo de asaltos en establecimientos de joyeria. Pero asombra no cabe duda la frialdad con la que han actuado y que eligieran una joyería en un centro comercial como Anec Balu de Castelldefels repleto de clientes y gente aprovechando para realizar sus compras en la segunda semana de julio.

Loli, dependienta de una de las tiendas cercanas que ha presenciado el atraco, ha explicado como el asalto se ha producido a ojos de todo el mundo en la joyería José Luis, donde los cuatro delincuentes asaltadores han irrumpido con armas de fuego y han empezado a llevarse relojes y joyas del escaparate de la tienda, que iban guardando en bolsas de grandes dimensiones. Han entrado disfrazados y caracterizados con sombreros y cascos, para evitar ser identificados a partir de las imágenes de las cámaras de seguridad del centro comercial Anec Blau de Castelldefels.

Atraco en una joyería del Centro Comercial #AnecBalu de Castelldefels #Barcelona “Al principio casi creíamos que era una broma de mal gusto”

“Al principio casi creíamos que era una broma de mal gusto, porque es la primera vez que vemos algo así. Te pueden robar una cosa por un descuido, pero con armas como pistolas en los años que yo llevo aquí trabajando, nunca”, ha explicado la testigo de  lo ocurrido.

Los Mossos d’Esquadra junto a las policías locales de las diferentes localidades del Garraf han desplegado un importante operativo para dar con los delincuentes y asaltantes de la Joyeria del Centro comercial #AnecBlau , que han huido en un segundo vehículo tras abandonar e incendiar el suyo en el límite de Gavà con Castelldefels, muy cerca del Anec Blau.

Un testigo de lo ocurrido ha logrado registrar parte de la secuencia en un vídeo  en el que se puede ver a los delincuentes asaltantes sustrayendo joyas y objetos de valor del escaparate de la Joyeria  y salir del local armados. En las imágenes se pueden ver a los cuatro individuos dentro del local mientras una dependienta de otro establecimiento se acerca hasta al joyería y lanza una botella de agua a los delincuentes atracadores, que la apuntan con una de las pistolas, han huido del lugar en un vehiculo turismo, que constaba como robado desde hace dos días, y que poco después fue localizado ardiendo tambien en las cercanias d #Castelldefels.

Ver más en: otras noticias  sobre el Centro Anec Blau de hace diez años cuando cuatro vigilantes de seguridad habilitados de la empresa de seguridad #Prosegur que prestaban servicios de  seguridad en#AnecBlau fueron detenidos por la Policia.

«Cuando te traiciona la gente que trabaja contigo, te sientes fatal y sospechas de todo» afirma la Sra. Alexandra Godia, subdirectora de gerencia del centro comercial Ànec Blau, en Castelldefels, conoce esa sensación. Cuatro vigilantes de seguridad habilitados que trabajaban en el centro comercial han sido detenidos por la Policia. En lugar de proteger los bienes de la empresa, se dedicaban a sustraerlos de noche, aprovechando las horas en las que ya no hay clientes. «Se llevaban sobre todo dinero y botellas de alcohol. Y también se quedaban con parte de lo que decomisaban a chicos que a veces entraban a robar», explica la subdirectora Sra. Godia del Centro Comercial #AnecBlau.

La subdirectora Sra. Godia empezó a sospechar cuando, a finales del año 2007 , se sucedieron cinco robos en tiendas y locales del Ànec Blau de Casteldefels. Todos perpetrados en horario nocturno. Como por casualidad, nunca saltaban las alarmas. Y para colmo, cuando los agentes de la policía autonómica acudían al centro, no podían ver las imágenes captadas por las cámaras. Siempre surgía algún impedimento. «Y eso que el sistema funcionaba perfectamente», recuerda la Subdirectora Godia.

La dirección del centro #Anec Blau de Castelldefels advirtió de lo ocurrido a la empresa de seguridad Prosegur donde prestaban sus servicios como vigilantes los detenidos, y juntos acudieron a la policía. Los Mossos detuvieron a los vigilantes de seguridad el pasado lunes. Se trata de Antonio M. P., de 30 años; Josep Maria L. N., de 34; Ángel Esteban G. V., de 46, e Iván R. C., de 26. Dos de ellos trabajaban en el centro desde que éste abrió sus puertas, en octubre de 2005. «Conocían todos los rincones a la perfección. Y además, nunca hicieron nada raro que pudiera delatarles», sigue la subdirectora del Centro Anec Blau.

Lucha Antiterrorista

  • Terroristas E.T.A
  • Terroristas YIHADISTA
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  • Colaboración Ciudadana

Presuntos Implicados en Actos Terroristas-YIHAD

Ahmed BELATAF

Fotografía presunto implicado. Abre una ventana nueva

 

Lugar de nacimiento : Argelia

Fecha de nacimiento: 20/05/1970

Lucha Antiterrorista.Terroristas YIHADISTA

 

 

 

 

Abdelah HAWARI

Fotografía presunto implicado. Abre una ventana nueva

 

Lugar de nacimiento : Orán – Argelia

Fecha de nacimiento: 18/01/1977

 

 

 

 

 

Malik CHEBLI

Fotografía presunto implicado. Abre una ventana nueva

 

Lugar de nacimiento: Bordj Manaiel – Argelia

Fecha de nacimiento: 29/01/1975

 

 

 

 

 

Farid BOUAZZA BALA

Fotografía presunto implicado. Abre una ventana nueva

 

Lugar de Nacimiento: Argel – Argelia

Fecha de nacimiento: 03/04/1965

 

 

 

 

 

Mohamed KEUSSABI

Fotografía presunto implicado. Abre una ventana nueva

 

Lugar de nacimiento : Argel – Argelia

Fecha de nacimiento: 17/08/1974

 

 

 

 

 

Toufik MIZI

Fotografía presunto implicado. Abre una ventana nueva

 

Lugar de nacimiento : Argel – Argelia

Fecha de nacimiento: 14/02/1964

 

 

 

 

 

Terroristas de E.T.A.

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17 julio, 201818 julio, 2018 Julian Flores GarciaAñadir un comentario

La Guardia Civil interviene 397 perros de raza en un centro de cría ilegal cuyo responsable comercializaba con documentación falsificada y sin control veterinario

El regente de este establecimiento ilegal mantenía a los animales en un estado higiénico sanitario lamentable

Se le imputan los delitos de maltrato animal, intrusismo profesional, usurpación y falsificación de documentos

La Guardia Civil interviene 397 perros de raza en un centro de cría ilegal cuyo responsable comercializaba con documentación falsificada y sin control veterinario

La Guardia Civil, en el marco de las investigaciones llevadas a cabo en la denominada “Operación ÉMBOLO” desarrollada en Castellón, ha procedido a la investigación penal de un varón de 59 años de edad y nacionalidad española, como supuesto autor de los delitos de maltrato animal, intrusismo profesional, usurpación y falsificación de documentos.

Las actuaciones se iniciaron al tener conocimiento una facultativa veterinaria de la comercialización de perros amparados con cartillas sanitarias en las que constaba sello y firma de la misma. El estudio grafológico realizado verificó la falsificación de estos documentos.

Practicadas las investigaciones oportunas por parte del Equipo de Investigación del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Comandancia de la Guardia Civil de Castellón se averiguó  la existencia de unas instalaciones situadas en una parcela del camino San Gregori, en el término municipal de Vinarós, donde se desarrollaba la actividad de reproducción y cría de perros de las raza «Yorkshire», «Pomerania», «Chiguagua» y «Bichón Maltes», todo ello para su posterior comercialización en tiendas de animales, en grandes centros comerciales de Barcelona, efectuándose esta actividad careciendo de las correspondientes autorizaciones administrativas.

Realizada la correspondiente inspección en estas instalaciones, por los agentes del SEPRONA junto con los Servicios Veterinarios Oficial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Generalitat Valenciana, éstas presentaban un lamentable estado higiénico sanitario,  encontrando 397 perros que carecían de cualquier control veterinario, estando la mayoría sin identificar con los correspondientes microchips.

Los Servicios Oficiales de Sanidad Animal de la Consellería han procedido a la inmovilización cautelar de todos los animales y a su identificación, ordenando la inmediata limpieza y desinfección de estas instalaciones. Tras la consecución del correspondiente plan de actuaciones urgentes, bajo el control y supervisión de facultativo veterinario, se reubican los animales en un centro debidamente autorizado.

En la inspección de este inmueble se han intervenido unas 500 dosis de vacunas y medicamentos veterinarios con los inyectables de los que hacía uso el investigado para el tratamiento de estos animales.

Además se ha localizado el cuño/sello con la inscripción de los datos de la veterinaria, que era utilizado para la falsificación de las cartillas sanitarias de los animales que posteriormente se comercializaban fraudulentamente.

Sobre los hechos se instruyen diligencias que han entregadas en el Decanato de los Juzgados de Vinaròs (Castellón).

Para más información pueden contactar con la Oficina Periférica de Comunicación de la Comandancia de la Guardia Civil de Castellón, en el teléfono 964 224 600, ext. 241 o en el 628 140 650.

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La Guardia Civil interviene 397 perros de raza en un centro de cría ilegal cuyo responsable comercializaba con documentación falsificada y sin control veterinario
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Eligio Landín López

Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas

 

El Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña publicó, el pasado día 30 de diciembre, la Ley 10/2011 que, entre otras leyes autonómicas, modificó la Ley 4/2003, de ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Cataluña. La reforma añadió a esta Ley la Disposición Adicional Séptima, mediante la que otorga el carácter de Agente de la Autoridad al Personal de Seguridad privada que preste servicios de vigilancia en infraestructuras y medios de transporte público de Cataluña.

La Disposición, según establece la misma, se aprobó en base a las competencias de coordinación de la seguridad privada con la Policía autonómica que tienen la Comunidad Autónoma en virtud del vigente Estatuto de Autonomía. No voy a entrar a considerar si el Parlamento Autonómico tenía, o no, competencias para regular la materia, pero lo cierto es que un dictamen de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, de fecha 14 de noviembre de 2011, niega esa posibilidad de acuerdo con las competencias que Cataluña tiene en materia de seguridad privada, conforme a lo establecido en la Ley 23/92 y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 2364/94.

 

En todo caso, el motivo de este artículo no es analizar las competencias del Estado y las que, con carácter ejecutivo, tiene la Comunidad Autónoma en seguridad privada, análisis que, con todo acierto, ha efectuado la Unidad Central de Seguridad Privada y que ha hecho público a través de uno de sus boletines ( Monográfico 12, de septiembre de 2011).

La decisión de la Generalidad que, por otra parte, no es novedosa, ya que la Ley Ferroviaria de Cataluña,( la Ley 4/2006), a pesar de las discrepancias habidas sobre la interpretación de su art. 38, en mi opinión, ya atribuía el carácter de Agente de la Autoridad al Personal de Seguridad que prestaba servicios de vigilancia en las instalaciones de los medios de transporte ferroviarios incluido el metropolitano; me da pie a plantear la cuestión de fondo que encabeza el artículo: ¿ debe el personal de seguridad privada tener la condición de Agente de la Autoridad? Pues bien, ya anticipo que mi respuesta es positiva.

 

Sin ninguna duda creo, por las razones que expondré a continuación, que es imprescindible que el personal de seguridad, (Vigilantes de Seguridad, Escoltas Privados, Vigilantes de Explosivos y sustancias peligrosas, guardas particulares de campo, incluidas sus especialidades -guardas de caza y guardapescas-, y, por qué no, el resto de las categorías que lo integran: Directores de Seguridad, Jefes de Seguridad y Detectives Privados), tenga reconocida legalmente la condición de Agente de la Autoridad.

En este punto discrepo del criterio de la Unidad Central de Seguridad Privada del Ministerio del Interior que, a pesar de que el art. 35 de la Orden INT/318/2011, establece textualmente: “ En el cumplimiento de su deber de colaboración, el personal de seguridad privada tendrá la consideración jurídica que otorgan las leyes a los que acuden en auxilio o colaboran con la autoridad o sus agentes”, sigue manteniendo que, con carácter general, el personal de seguridad no tiene el carácter de Agente de la Autoridad, aunque en determinadas circunstancias tiene la protección legal como tales ( cuando acuden en auxilio o colaboran con la Autoridad o sus Agentes, ampliable a determinados servicios que el personal de seguridad privada preste en colaboración directa con la seguridad pública, como por ej. En un dispositivo conjunto de seguridad). No comparto su interpretación restrictiva, ya que, si bien es cierto que la citada Orden, por su rango legal, no podía otorgar tal condición al personal de Seguridad Privada ( precisamente esa falta de rango legal fue el argumento por el que, finalmente, el Tribunal Supremo negó validez al Decreto 629/1987 que atribuía la condición de Agente de Autoridad a los antiguos Vigilantes Jurados de Seguridad), también lo es el hecho de que si el alcance de la protección del personal de seguridad que recoge el precepto se limita a esos aspectos, la norma resulta innecesaria, ya que esa protección ya está prevista en una norma de superior rango, en este caso de Ley Orgánica, como es el art. 555 del vigente Código Penal ( Ley Orgánica 10/95). (Éste artículo protege con las mismas penas – en un grado inferior- que las establecidas para los atentados contra la autoridad o sus agentes, a los acometan o intimiden a las personas que acuden en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios.)

 

Yo creo que habría que abordar el asunto con la profundidad que requiere y, si ahora no era el momento, de lege ferenda, debería incluirse, de forma inequívoca, en la futura reforma de la Ley de Seguridad Privada. Es muy sencillo, bastaría con añadir un artículo con el siguiente texto: “El Personal de Seguridad, en el ejercicio de sus funciones y en el cumplimiento de sus obligaciones, tiene el carácter de Agente de la Autoridad a todos los efectos legales”.

Pero, antes de otras consideraciones jurídicas, conviene primero saber qué es un Agente de la Autoridad y qué consecuencias legales tiene una atribución de éste tipo a una determinada profesión, para saber si existe algún inconveniente legal que impida o dificulte su reconocimiento respecto al personal de seguridad.

Para definir qué es un Agente de la Autoridad quizá haya que empezar por definir el concepto del que es consecuencia, esto es, del de Autoridad. Curiosamente, como ha reiterado la doctrina del Tribunal Supremo (por todas la STS de 9 de mayo de 1978), para saber quién es una Autoridad tenemos que recurrir al art. 24 del Código Penal y digo curiosamente porque para definir este concepto lo lógico sería recurrir al Derecho Administrativo, y no a la ley penal – es sabido que la razón de ser de ésta no es otra que la de definir quién tiene esa consideración a efectos de subsumir las conductas delictivas en los tipos penales en los que el sujeto activo sea precisamente una Autoridad- . Pero lo cierto es que en este ámbito del Ordenamiento Jurídico no existe una definición de qué se entiende por Autoridad, a efectos legales.

 

El art. 24. 1º del Código Penal contiene los dos términos que nos permiten concluir si estamos en presencia, o no, de una Autoridad, – con independencia, como es lógico, del propio título o nombramiento para el cargo- que, en todo caso, deben que ser interpretados para que la definición de Autoridad tenga pleno contenido. En concreto, cuando la norma afirma que se reputará autoridad al que por sí solo o como miembro de alguna corporación o tribunal u órgano colegiado tenga mando o ejerza jurisdicción propia, es indudable que debemos analizar qué significa “tener mando” o “ejercer jurisdicción propia”, pues con ello podremos avanzar hacia el contenido del concepto Autoridad.

Nuestro Diccionario RAE contiene las siguientes definiciones: Autoridad: poder que gobierna o ejerce el mando, de hecho o de derecho; Mando, en una de sus acepciones, significa: autoridad y poder que tiene el superior sobre sus súbditos; y jurisdicción: autoridad, poder o dominio sobre otro. El Tribunal Supremo, en una vieja sentencia de 1963, definía el concepto de mando diciendo que: “La función de autoridad implica una voluntad de mando o imperio, que se concreta en el ejercicio “erga subditus” de un derecho de supremacía, esto es, de un derecho que constituye una manifestación de un poder jurídicamente superior al de los ciudadanos. Y es por esta razón, por la que los ciudadanos vienen obligados a la Autoridad cuando ésta se halla en el ejercicio de su cargo”.

 

Por su parte, el ejercicio de la autoridad, poder o dominio que implica tener jurisdicción, supone tener atribuida competencia para declarar y hacer cumplir o ejecutar lo declarado, como por ej. tienen constitucionalmente reconocidos los Jueces y Tribunales de Justicia. Esta competencia tiene que estar atribuida específicamente a la persona que decide y no cabe por delegación.

Por tanto, el acto de autoridad implica dos momentos o fases: la toma de la decisión y la ejecución o cumplimiento de la misma. Si la fase decisoria corresponde, por derecho propio, a la Autoridad, la de ejecución puede corresponder a otras personas, aquellas que, actuando en representación de la Autoridad o por delegación, lo hacen como Agentes de la misma.

En consecuencia, una aproximación a la definición de Agente de la Autoridad – el mencionado Diccionario considera que es aquella persona que obra con poder de otra- podría ser entender aquél como una figura intermedia entre la Autoridad y los funcionarios públicos. Los Agentes de la Autoridad, se encargarían de hacer cumplir las órdenes y disposiciones que emanan de la Autoridad – Actuarían siempre por delegación o en nombre de la Autoridad.

Sin embargo, legalmente, no hay una definición de qué se entiende por Agente de la Autoridad, ni siquiera en el ámbito penal ( el Código Penal de 1928, sí incluía en el párrafo 3º del art. 213 un texto del siguiente tenor: Se consideran Agentes de la Autoridad no sólo los funcionarios que con tal carácter dependan del Estado, de la Provincia o del Municipio, sino los de otras entidades que realicen o coadyuven a los fines de aquellos y los que tengan a su cargo alguna misión general o determinada y en disposición reglamentaria o nombramiento expedido por Autoridad competente o delegado de ésta, se expresa el carácter de tal agente”).

 

Ante la falta de definición legal, ha sido el Tribunal Supremo, una vez más, quién ha venido a establecer qué se entiende por Agente de la Autoridad (STS de 27.05.1978 y 28.01.1982) diciendo que son Agentes de la Autoridad quienes por razón de su cargo están obligados a auxiliar a la Autoridad en el ejercicio de sus funciones y ejecutar y llevar a efecto sus providencias, acuerdos, órdenes y mandatos.

 

La atribución del carácter de Agente de la Autoridad tiene un doble origen: O se obtiene por disposición legal – mediante ley formal, es decir, Ley orgánica, ordinaria, Decreto-Ley u otra con dicho rango legal- que atribuya dicha condición a determinado colectivo o profesión, como es el caso, entre otros, de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS), cuya Ley Orgánica 2/86, en su artículo 7.1, les atribuye a sus miembros dicho carácter. O bien, tiene su origen en un nombramiento específico o nominal realizado por la Autoridad competente. En este caso, la atribución se realiza a título individual, sobre una persona concreta, y no a un colectivo determinado como cuando procede de una norma con valor de Ley.

Por tanto, en el caso que nos ocupa, para atribuir la condición de Agente de la Autoridad al colectivo profesional de seguridad privada sería necesario que la Ley, en este caso, la Ley de Seguridad Privada, simplemente, lo establezca dentro del estatuto jurídico- profesional de las diferentes categorías profesionales, como se recogen en su art. 1-3º, los principios básicos de actuación como normas deontológicas similares a las que tienen los miembros de las FCS.

Pero ¿qué ocurre con la actual normativa que regula el sector, la Ley 23/92? Pues sencillamente que esta Ley, por razones que no explica en su Exposición de Motivos, no recoge en su texto que el personal de seguridad tenga esa condición, considerando que las diferentes las categorías que lo integran tienen la de “auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.

Sin embargo, si analizamos la legislación vigente, en concreto el art. 4.2ºde la Ley Orgánica 2/86, de FCS y el art. 1.4º de la Ley 23/92, de Seguridad Privada, vemos que el personal de seguridad tienen la obligación específica de auxiliar y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; y en desarrollo de la Ley de Seguridad Privada, su Reglamento les impone la de seguir sus instrucciones en el lugar de servicio, de prevenir la comisión de delitos o infracciones durante el servicio, de detener a los presuntos responsables de infracciones penales para su entrega a la Policía, junto con los efectos e instrumentos del delito, etc.

 

Es decir, como afirmaba el conocido Informe núm. 3/93 de la Fiscalía General del Estado, de 20 de octubre de 1993, los Vigilantes de Seguridad con su actuación profesional,- con el obligado cumplimiento de sus deberes profesionales, añadiría – (su incumplimiento está tipificado como infracción muy grave en la Ley 23/92, con la correlativa sanción que puede llegar a la pérdida de la habilitación), no están cumpliendo unas funciones estrictamente privadas ( garantizar la seguridad de las personas y bienes en unas concretas instalaciones propiedad del cliente que ha contrato el servicio con la empresa de seguridad) sino una labor de dimensión pública, cumpliendo un mandato legal, de colaboración y auxilio a las FCS y por ello, recogía el citado Informe, deben tener una protección penal similar a la de los Funcionarios públicos pertenecientes a las FCS.

Porque, de eso es de lo se trata, al personal de seguridad se les están imponiendo unas obligaciones profesionales similares a las que tiene un agente de la Policía, aunque en su caso circunscritas al lugar y tiempo de servicio, pero, sin embargo, no tiene la misma protección jurídico penal -las personas que les desobedecen o resisten no cometen un delito o falta de resistencia o desobediencia, y quienes les agreden, simplemente pueden ser acusados de un delito o falta de lesiones, pero no de Atentado a Agente de la Autoridad, entre otras figuras penales que protegen la actuación de la Autoridad y sus Agentes-. 

 

Y es evidente que la suya, como la de las FCS, constituye una profesión de riesgo – incluso con riesgo de la vida como, lamentablemente, hemos podido comprobar recientemente- y que, en el ejercicio de su actividad, se le exige una permanente colaboración y auxilio a las FCS. Es decir, que están realizando una actividad de interés para la seguridad pública, de relevancia para los ciudadanos y para la comunidad.

Por tanto, la conclusión, ya anticipada, es que es necesario y conveniente reconocer -cuanto antes, por Ley, con carácter general y en todo el territorio español por ser su habilitación válida para ejercer la profesión en toda España-, a todos los profesionales de seguridad privada el carácter de Agentes de la Autoridad cuando se hallen en el ejercicio de sus funciones, no simplemente limitándolo a determinadas actuaciones o servicios, sino siempre que se hallen en el cumplimiento de sus obligaciones profesionales o, lo que es lo mismo, siempre que se hallen en acto de servicio, ya que, en todo momento, se les está imponiendo que actúen que realicen funciones o intervenciones profesionales, en el lugar de servicio, para cumplir con su deber de colaboración con las FCS, aunque estas no estén presentes – en este caso la protección, como vimos, ya existe por la vía del vigente Código Penal-.

 

El reconocimiento del carácter de Agente de la Autoridad no constituye ningún privilegio, sino la contrapartida legal necesaria para proteger, desde el punto de vista jurídico- penal, una profesión que es de interés público proteger porque está implicada en garantizar la seguridad de los ciudadanos. Además, ello contribuirá, sin duda, a que la comunidad perciba con más valor el servicio desempeñado por estos profesionales (por los ciudadanos, en general, y por las Autoridades y funcionarios públicos, en particular, especialmente, las que forman parte de los Juzgados y Tribunales), y supondrá un reconocimiento público de la importancia que tiene su dedicación profesional en el campo de la seguridad.

 

Y, por último, permitirá, desde luego, exigir a estos profesionales una mayor responsabilidad, profesionalidad y formación, en sus relaciones con los ciudadanos y con las instituciones públicas en general, y no sólo respecto a las empresas de seguridad en las que están encuadrados

 

FUENTEN ews ADSI Flash nº 325 – 12 de febrero de 2012

Debe tener el Personal de Seguridad el carácter de Agente de la Autoridad?

 

Eligio Landín López

Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas

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¿Debe tener el Personal de Seguridad el carácter de Agente de la Autoridad? Eligio Landín López Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas

15 junio, 2012Julian flores garciaangela merkel, art 38, buena parte, congreso de los diputados, correo postal, cuerpo nacional de policia, de la guardia, DIRECTOR DE SEGURIDAD, director general de la guardia civil, directordeseguridad, eligio, GUARDAS PARTICULARES DEL CAMP, ministerio del interior, parlamento, real decreto 4 comentarios Editar

Eligio Landín López Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas COMPÁRTELO:
En «NORMATIVA BÁSICA REGULADORA DE ARMAS Y EXPLOSIVOS»

Eligio Landín López Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas COMPÁRTELO:
En «Guarda Pesca Maritimo. Detective Privado»

La atribución del carácter de Agente de la Autoridad tiene un doble origen
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4 comentarios en “¿Debe tener el Personal de Seguridad el carácter de Agente de la Autoridad? Eligio Landín López Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas”

    1. Julián Flores Garcia dijo:

      el nuevo texto del proyecto de Ley de Seguridad Privada con el apoyo de los grupos parlamentarios de Convergència i Unió (CiU) y del Partido Nacionalista Vasco (PNV) que será remitido ahora al Senado.

      11 diciembre, 2013 a las 14:42 Responder Editar
    1. Pingback: ¿Debe tener el Personal de Seguridad el carácter de Agente de la Autoridad? Eligio Landín López Facultativo del CNP, Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas | Segurpricat Consulting Advisory «Care on safety»Editar
    1. Julián Flores Garcia dijo:

      El presidente del Consejo Asesor de Seguritecnia, Miguel Ángel Fernández Roncaño, ha agradecido al Gobierno la elaboración de una nueva Ley de Seguridad Privada porque en su redacción “ha cumplido lo que prometió”, adaptando la norma ya existente a “los nuevos tiempos”.

      11 diciembre, 2013 a las 17:35 Responder Editar
  1. <:article id=comment-877>
    Julián Flores Garcia dijo:

    Reblogueó esto en Segurpricat Consulting Advisory «Care on safety»y comentado:

    ¿Debe tener el Personal de Seguridad el carácter de Agente de la Autoridad? http://wp.me/p2n0XE-2N via http://www.segurpricat.com @juliansafety

17 julio, 201819 julio, 2018 Julian Flores GarciaAñadir un comentario

Plan Especial de Protección Civil para la Operación Paso del Estrecho OPE

El dispositivo para dar seguridad y fluidez a la Operación Paso del Estrecho está preparado ante los días críticos de este mes

Dirección General de Protección Civil y Emergencias

Madrid, 18/07/2018

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El dispositivo para dar seguridad y fluidez a la Operación Paso del Estrecho está preparado ante los días críticos de este mes

OPE 2018: Del 15 de junio al 15 de septiembre

El director general de Protección Civil y Emergencias, Alberto Herrera, Rodríguez ha presidido esta mañana, junto con el subdelegado del Gobierno en Cádiz, José Pacheco, el Comité Provincial de Coordinación de la OPE

El objetivo de la reunión es garantizar que los millones de desplazamientos que se realizan en la OPE se hagan en las mejores condiciones posibles, de manera fluida y con total seguridad, con el fin de mantener la tendencia positiva.

El director general de Protección Civil y Emergencias, Alberto Herrera Rodríguez, ha presidido en Algeciras, junto con el subdelegado del Gobierno en Cádiz, José Pacheco, la reunión del Comité de Provincial de Coordinación.

En la reunión han participado el coordinador general de la OPE, Francisco Ruiz Boada, el coordinador de la AGE  en el Campo de Gibraltar, José Medina, y representantes de los ayuntamientos de Algeciras, Tarifa, Los Barrios y San Roque. Todos ellos acompañados además por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Demarcación de Carreteras del Estado, Dirección General de Tráfico, Ministerio de Sanidad, representantes del SAS, de Protección Civil de la Junta de Andalucía y Cruz Roja.

Tras algo más de un mes del inicio de la Operación Paso del Estrecho, se ha constatado que se ha reducido el número de movimientos de vehículos, circunstancia que se prevé que cambie con la llegada de los días críticos del último fin de semana de julio, algo que podría darse también en este próximo fin de semana, ante la proximidad de la celebración en Marruecos de la ‘fiesta del cordero’, ante la que muchos viajeros habrían atrasado su tránsito.

El director general de Protección Civil y el subdelegado del Gobierno han coincidido en «agradecer el trabajo realizado por los integrantes de un dispositivo muy consolidado, pero en el que siempre caben imprevistos para los que hay que estar preparados. La visita y la comprobación de que todo está funcionando perfectamente nos deja muy tranquilos», han asegurado.

Plan Especial de Protección Civil para la OPE

Se trata del mayor movimiento migratorio del mundo, con el desplazamiento de tres millones de personas en apenas tres meses, un tránsito al que hay que dotar de las mejores condiciones de fluidez y seguridad posibles. El 75% de los pasos se realiza desde el Puerto de Algeciras.

Los elementos clave analizados en la reunión han sido la coordinación entre administraciones, el despliegue de los efectivos de Tráfico, acreditar que el Plan de flota esté bien dimensionado y comprobar los refuerzos de los dispositivos sanitarios, sociales y de seguridad.

El Plan Especial de la OPE es un Plan director que incluye un Plan de Flota, planes provinciales de coordinación y del Puerto, planes de Seguridad y de Tráfico así como medidas sanitarias y sociales entre otros.

A todo ello, se suma la participación de la Agencia Estatal de Meteorología que emite un boletín informativo sobre las condiciones meteorológicas en las zonas marítimas afectadas.

Durante la OPE se emiten, además, campañas específicas de información a la población con paneles informativos en carreteras, webs institucionales, mensajes radiofónicos y folletos.

Medidas extraordinarias para los días críticos

Los días críticos se ponen en marcha una serie de medidas extraordinarias como son:

  • Intercambiabilidad de billetes de una compañía a otra para agilizar el tránsito de pasajeros.
  • Se podrá limitar el embarque de camiones y autobuses a un máximo de cinco por barco
  • Entre el 28 de julio y el 2 de agosto se podrá cerrar de manera preventiva al tráfico de vehículos el puerto de Tarifa, manteniéndose el embarque de pasajeros y autobuses.
  • Se podrá decretar la ruptura de horarios.
  • Se ha habilitado el Área de Emergencia de Los Barrios, que cuenta con una capacidad de estacionamiento para 2.000 vehículos y 10.000 pasajeros.

Otras noticias :Cinco cadáveres, tres de ellos colgados, aparecen en el norte de México

La policía federal ha encontrado los cuerpos en la ciudad de Saltillo, víctima de la guerra de los cárteles por el control del narcotráfico

Internacional > 08-03-2013 > 18:59

  • Las autoridades mexicanas han encontrado este viernes los cadáveres de cinco hombres en la ciudad de Saltillo – norte de México –tres de ellos colgados de un puente, informó la fiscalía de Coahuila .Los cuerpos han sido encontrados en una vía rápida del sur de Saltillo, capital del estado de Coahuila, ya su lado había un mensajecuyo contenido no ha sido revelado por las autoridades.»Tres estaban colgados del puente y dos, tumbados en el suelo», precisó la fiscalía en un comunicado.En los últimos años, la ciudad de Saltillo ha sido escenario de enfrentamientos entre los cárteles de los Zetas , del Golfo y de Sinaloa , que se disputan el control del narcotráfico , lo que ha provocado un incremento de la violencia.

    En la ciudad están desplegados miembros del Ejército y de la Policía Federal para tratar de prevenir la ola de violencia de los grupos criminales.

    • Julian Flores GarciaDirector de Consultoria de Seguridad Nacional y Internacional de Latinoamerica Editar

    • http;//www.siseguridad.es

      2009 – Actualidad (4 años)Cataluña-EspañaSomos un grupo de expertos profesionales de la Seguridad Privada que tenemos como objetivo constituir un foro de analisis, reflexión, cooperación activa para la prevención de riesgos de las empresas en Latinoamerica con nuestra experiencia y formación en seguridad privada, estamos acreditados por el Ministerio de Interior- Dirección General de la Policia- como Directores de Seguridad, disponemos de formación multidisciplinar para redactar proyectos y planes de seguridad y autoprotección, la esperiencia y titulación universitaria nos avala, nuestra meta es trabajar en proyectos que sean oportunidades de un trabajo seguro y satisfactorio, ofrecemos un servicio de consultoria de seguridad internacional integral para Gerentes y Directivos de empresas que deseen asesorarse, tambien para la constitución en las mismas de un Departamento de Seguridad en la medida de los requisitos que fija la normativa y legislación de seguridad privada en vigor como la colaboración como asesores frrelance del Director de Seguridad de Departamentos de Seguridad constituidos por Ejplo: Elaboración de Planes de Seguridad a la medida, de Evacuación y contingencias, formación de su propio personal como del personal de seguridad ajeno con cursos especificos, elaboración de medida organizativas y de gestión para la mejora de los servicios de seguridad CCTV, Centrales Receptoras de Alarmas.., puesta al dia con requisitos, conocimiento y actualización de la legislación seguridad privada en España y Latinoamerica

     

17 julio, 201819 julio, 2018 Julian Flores GarciaAñadir un comentario

Interceptados en la frontera hispano-francesa 600 kilos de hachís que eran trasladados por el método “go fast»

Operación conjunta de la Policía Nacional con la Oficina Central para la Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes OCRTIS francesa

Interceptados en la frontera hispano-francesa 600 kilos de hachís que eran trasladados por el método “go fast»

Detenidas seis personas de nacionalidad francesa que participaban en el transporte del estupefaciente desde Málaga hasta Dijon (Francia)

El método “go fast” consiste en el desplazamiento de cargamentos de droga en vehículos de alta gama, preparados para que el transporte pase desapercibido, y que atraviesan la península a gran velocidad

Intervenido el vehículo que portaba los 20 fardos de hachís y otro que hacía las labores de lanzadera y contravigilancia.

– Agentes de la Policía Nacional de y la OCRTIS francesa han interceptado 600 kilos de hachís en la frontera hispano-francesa. La droga era transportada hacia el país galo por el método “go fast”, consistente en el desplazamiento de droga en vehículos de alta gama y que atraviesan la península a gran velocidad. Han sido detenidas seis personas de nacionalidad francesa y se han intervenido dos vehículos de gran potencia.

Atravesar la península a gran velocidad

La investigación comenzó el pasado mes de mayo. Agentes franceses y españoles detectaron la presencia de una organización de ciudadanos franceses en la malagueña zona de Mijas y Fuengirola dedicada al narcotráfico. El grupo criminal se dedicaba al transporte de importantes cantidades de hachís mediante el método “go fast”, consistente en el desplazamiento de cargamentos de droga en vehículos de alta gama y que atraviesan la península a gran velocidad.

Los agentes detectaron el inicio de un transporte de droga que partía desde la provincia de Málaga a última hora de la noche. La comitiva iba compuesta por un vehículo lanzadera y por un todoterreno que supuestamente portaba la droga. Ambos vehículos, de alta gama y coordinados mediante medios telemáticos, cruzaron la península a gran velocidad y llegaron a una localidad de Girona cercana a la frontera francesa a primera hora del día siguiente.

A última hora de la tarde, los vehículos atravesaban la frontera y eran interceptados por los agentes. En el interior del todoterreno eran localizados 600 kilos de hachís distribuidos en 20 fardos que viajaban totalmente desapercibidos al ir tapados con mantas negras y tener el vehículo los cristales tintados. Las seis personas que participaban en el transporte, todas ellas de nacionalidad francesa, fueron detenidas.

Los agentes d la #PolicíaNacional d manera conjunta con la Oficina Central para la Represión del Tráfico Ilícito d Estupefacientes en #Francia #OCRTIS y la agencia antidroga estadounidense #DEA, y la colaboración Policía Nacional d #Colombia https://siseguridad.es/blog/2018/03/co… #careonsafety Segurpricat Consulting le ayuda en la gestión del Plan de Autoprotección internacional
Otras noticias :

El alcalde de Sabadell se declara inocente «explayándose» seis horas

Manuel Bustos ha querido «dejar bien disipada cualquier duda». El juez no ha pedido ninguna medida cautelar para él.

 

El alcalde de Sabadell, Manuel Bustos | Efe

 

Los detenidos de la trama, en libertad provisional
  • ¿Fraude en Sabadell con el uso del Plan E?

  • El ‘número 2’ del PSC, imputado 

LD/AGENCIAS 2012-12-03

El alcalde de Sabadell, Manuel Bustos, se ha «explayado» durante seis horas este domingo en sus explicaciones como imputado ante el juez, para convencerle de que no ha tenido nada que ver con presuntas tramas de corrupción y cobro de comisiones, ni tampoco su equipo en el Ayuntamiento.

«Tenía la voluntad de explayarme. Tengo total tranquilidad de conciencia«, ha asegurado de madrugada a los periodistas después de contestar durante más de seis horas las preguntas del titular del Juzgado de Instrucción 1 de Sabadell y del fiscal anticorrupción Fernando Bermejo.

También ha insistido en que la larga declaración le ha servido para «dejar bien disipada cualquier duda sobre estos temas o cualquier tema de índole menor», y ha asegurado que el juez no ha pedido ninguna medida cautelar para él. Fuentes judiciales han explicado que el interrogatorio ha girado en torno a adjudicaciones de obra pública, y apenas a la presunta influencia de Bustos para que la Policía Local de Sabadell no cobrara multas de tráfico a familiares, como ya negó él mismo el viernes en declaraciones a la prensa.

Apoyo a la salida

Según la Fiscalía Anticorrupción, Bustos, que está imputado por delitos contra la Administración Publica, podría formar parte de una supuesta trama que obligaba a empresarios a pagar comisiones millonarias para optar con ventajas a los concursos y un porcentaje del valor de la obra una vez finalizada. Curiosamente, en 2010, el Ayuntamiento recibió unPremio a la Transparencia, que fue recogido por el propio Bustos.

Tras el interrogatorio, que ha empezado sobre las 22:00 horas del domingo y ha acabado casi a las 2:00 horas de este lunes, una treintena de simpatizantes y gente próxima a Bustos lo ha ovacionado a su salida

 

El alcalde de Sabadell, Manuel Bustos, se ha «explayado» durante seis horas este domingo en sus explicaciones como imputado ante el juez, para convencerle de que no ha tenido nada que ver con presuntas tramas de corrupción y cobro de comisiones, ni tampoco su equipo en el Ayuntamiento.

17 julio, 201817 julio, 2018 Julian Flores GarciaAñadir un comentario
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