Ministro Fernando Grande-Marlaska
Estructura
- Como órgano de asistencia inmediata al Ministro, existe un Gabinete, con nivel orgánico de dirección general, con la estructura que se establece en el artículo 14.2 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Su titular se encargará de la supervisión de los servicios de protocolo y de la programación de las relaciones institucionales e internacionales, cuando haya de intervenir directamente el Ministro del Interior.
- Depende directamente del Ministro el Director de la Oficina de Comunicación, con nivel de subdirección general, a cuyo titular, como responsable de la comunicación oficial del Departamento, le corresponde:
- Dirigir y mantener las relaciones informativas y de publicidad institucional con los medios de comunicación social y difundir la información de carácter general del Departamento.
- Coordinar las relaciones informativas de los distintos servicios del Ministerio y las unidades de comunicación de los centros directivos, en particular las campañas institucionales de publicidad y de comunicación que pretendan desarrollar en su respectivo ámbito de competencia.
- Definir y coordinar los contenidos de la página web del Ministerio.
Fernando Grande-Marlaska, nuevo ministro del Interior
Ministerio del Interior
Madrid, 07/06/2018
Fernando Grande-Marlaska ha tomado posesión del cargo de ministro del Interior esta mañana en la sede del Ministerio del Interior en Madrid.
Durante este acto, Juan Ignacio Zoido ha hecho entrega de la cartera de Interior al nuevo responsable del Ministerio del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Normativa básica reguladora
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre. Corrección de errores en BOE núm. 306, de 23 de diciembre).
- Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social -artículo 53- (BOE núm. 313, de 30 de diciembre).
- Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE núm. 138, de 7 de junio).
- Real Decreto 770/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior (BOE núm. 180, de 29 de julio).
- Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales -preámbulo, artículos 5 y 14, disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales- (BOE núm. 274, de 12 de noviembre).
- Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el estatuto de la entidad de derecho público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (BOE núm. 51, de 28 de febrero).
- Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado (BOE núm. 18, de 21 de enero de 1999).
- Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE núm. 64, de 15 de marzo).
- Orden INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que se crea y se regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior (BOE núm. 88, de 11 de abril).
- Orden INT/533/2014, de 19 de marzo, por la que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio del Interior (BOE núm. 83, de 5 de abril)
- Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil (BOE num. 66, de 18 de marzo).
- Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía (BOE núm. 21, de 24 de enero).
- Orden INT/3689/2009, de 29 de diciembre, por la que se delegan competencias en el ámbito del Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el empleo (BOE núm. 15, de 18 de enero).
- Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades (BOE núm. 90, de 15 de abril).
- Orden de 21 de enero de 1999, sobre relaciones con los servicios del Ministerio del Interior integrados en las Delegaciones del Gobierno (BOE núm. 23, de 27 de enero).
- Orden de 8 de septiembre de 1998, por la que se determina el mando y demarcación territorial de las Compañías y Puestos de la Guardia Civil (BOE núm. 218, de 11 de septiembre).
Otras noticias:
SECRETARÍA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Instituciones Penitenciarias concede el tercer grado a Uribechevarria Bolinaga
17 / 08 / 2012 MADRID
Se propone que el recluso cumpla unas estrictas reglas de conducta parasu libertad condicional, como el alejamiento de sus víctimas
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha resuelto conceder el tercer grado a Jesús María Uribechevarria Bolinaga, en el ejercicio de las competencias que le reconoce el Real Decreto 400/2012 de 17 de febrero, a tenor de lo dispuesto en la providencia del 16 de agosto del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria y a la vista de la propuesta por unanimidad que eleva la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa (Álava), en la que, en base al informe médico que se adjunta, se acredita que el interno Uribechevarria Bolinaga padece una enfermedad muy grave, irreversible e incurable en los términos previstos en el articulo 104.4 del vigente Reglamento Penitenciario.
Esta Secretaría General entiende que, a pesar de la entidad de los delitos cometidos por el penado, resulta indudable que tanto la gravedad de la enfermedad, su previsible evolución, así como las características del tratamiento mitigan extraordinariamente la peligrosidad del recluso y anulan prácticamente el riesgo de reincidencia.
Por las razones humanitarias a las que expresamente se refiere el artículo 104 del Reglamento Penitenciario, en relación con el artículo 92 del Código Penal y en consonancia con las apreciaciones recogidas en la sentencia del Tribunal Constitucional 46/96, de 25 de marzo, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha resuelto aprobar la propuesta del centro penitenciario y clasificar en tercer grado de tratamiento, a los exclusivos efectos de que se confeccione el expediente de libertad condicional por enfermedad, en los términos que recogen los artículos 194 a 196 del vigente Reglamento Penitenciario, al penado Uribechevarria Bolinaga. Por tanto, la Secretaría General insta a la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa a elevar el próximo lunes su expediente sobre la libertad condicional del recluso al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria.
Asimismo, se insta a la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Zaballa a que incorpore a dicho expediente de libertad condicional para ser sometidas al criterio del Juzgado Central de Vigilancia, al margen de cualesquiera otras que considere oportunas, las siguientes reglas de conducta:
- Alejamiento de las víctimas de sus delitos o de los familiares directos de éstas.
- Prohibición de participar de forma activa o pasiva en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia, especialmente de la banda terrorista de ETA y/o hacer declaraciones de esta naturaleza, así como las que conlleven desprecio o desconsideración de las víctimas del terrorismo.
- Prohibición de ausentarse, sin previa autorización de la Administración Penitenciaria, de la localidad en la que fije su residencia.
La resolución de la Administración Penitenciaria será notificada al Ministerio Fiscal, en los términos y a los efectos previstos en el artículo 107 del Reglamento Penitenciario.SECRETARÍA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS Instituciones Penitenciarias concede el tercer grado a Uribechevarria Bolinaga 17 / 08 / 2012 MADRID