La Policía Nacional frustra en Algeciras un «vuelco de droga» tras ser descubiertos por dos agentes francos de servicio
Dirección General de la Policía
Algeciras, Cádiz , 24/04/2018
Se han intervenido petos con la inscripción «Guardia Civil», bridas, conos de señalización, rotativos luminosos, equipos de transmisiones y se ha recuperado un vehículo sustraído
Los moradores de la vivienda fueron liberados en el momento que los asaltantes abandonaron el lugar
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Algeciras (Cádiz) a un hombre de 28 años de edad como presunto autor de los delitos de detención ilegal, robo con violencia, usurpación de funciones públicas, robo uso de vehículo y falsedad documental. El detenido asaltó junto con otros tres individuos una vivienda ubicada en la barriada del Saladillo donde retuvieron a sus moradores exigiéndoles que les dieran una supuesta mercancía. La investigación continúa abierta para descubrir la identidad del resto de participantes en los hechos.
La investigación se inició cuando cuatro individuos entraron, haciendo uso de una maza para la apertura de la puerta principal de una vivienda ubicada en la calle Plutón de Algeciras (Cádiz) con chalecos de la Guardia Civil, cubriendo su rostro con pasamontañas y portando diversas armas.
Dos agentes fuera de servicio, pertenecientes a la Comisaría de Algeciras, al percatarse de los hechos y al observar una actitud y un modo de proceder que difiere de los procedimientos de la Guardia Civil, comunicaron los hechos a la Sala Operativa del 091 para realizar las comprobaciones oportunas.
Tras verificar que no se estaba llevando a cabo un dispositivo policial en esa zona y ante la posibilidad de un ilícito penal, conocido en el argot policial como «vuelco», varias dotaciones policiales se dirigieron al lugar. Los asaltantes al ver los indicativos policiales emprendieron la huida y se inició una persecución peligrosa, en la que pusieron en peligro la integridad de las personas y de los policías actuantes. Rápidamente se estableció un dispositivo de cierre, dando como resultado la detención de un hombre de 28 años, como presunto autor de los delitos de detención ilegal, robo con violencia, usurpación de funciones, robo uso de vehículo y falsedad documental.
Igualmente se recuperó uno de los vehículos en los que se dieron a la fuga, el cual había sido sustraído en noviembre de 2017 en Gava (Barcelona) y en cuyo interior se descubrió gran cantidad de material con el que la banda cometía sus asaltos. Entre los objeto se encontraron petos con la inscripción y anagramas de «Guardia Civil», bridas, conos de señalización, rotativos luminosos, equipos de transmisiones y pasamontañas
Los moradores de la vivienda fueron liberados en el momento que los asaltantes abandonaron el lugar.
El detenido, una vez finalizadas las diligencias policiales, fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número tres de Algeciras.
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Dichos derechos se harán efectivos por el responsable del fichero en los diez días siguientes a la recepción. En la solicitud del derecho de rectificación deberá indicar qué datos son erróneos y la corrección que deberá efectuarse con la documentación justificativa. Igualmente, en la solicitud de cancelación deberá acompañar documentación justificativa del dato o datos que pretende cancelar.
Se considerarán antecedentes desfavorables de carácter policial los derivados de hechos tipificados en el vigente Código Penal como delitos o faltas, y que hayan dado origen a la instrucción de diligencias remitidas a la Autoridad Judicial.
Estos antecedentes serán susceptibles de cancelación y/o anulación, con arreglo a las siguientes normas:
- Cancelación de oficio: Se tendrán en cuenta los plazos de prescripción de responsabilidad penal establecidos en el Código Penal.
- Cancelación a instancia de parte: Se decretará en aquellos casos en que la Autoridad Judicial dicte sentencia condenatoria contra el solicitante, siendo preceptiva para llevarse a efecto, la previa cancelación de los antecedentes penales derivados de dicha sentencia, en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.
- Anulación: Procederá en todos los casos en los que la resolución adoptada por la Autoridad Judicial sea de absolución, sobreseimiento o archivo.
Asimismo se decretará la anulación en los casos en que, aun siendo la sentencia judicial condenatoria, hayan transcurrido cinco años, a contar desde la fecha de remisión definitiva de la pena impuesta, sin que se hayan incorporado nuevos datos desfavorables al expediente personal del solicitante.
Se denegará la cancelación, aun cumplimentados los trámites establecidos en los párrafos anteriores, cuando el certificado de antecedentes penales no es negativo o esté pendiente de juicio, cuando el solicitante se encuentre cumpliendo el plazo de suspensión de condena impuesta por la Autoridad Judicial o tenga otras responsabilidades pendientes, judiciales o administrativas, cuando tenga antecedentes policiales sin cancelar en alguno de los ficheros de cualquier Fuerza o Cuerpo de Seguridad o en virtud de las excepciones del artículo 23 de laLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. En la comunicación al interesado, se hará constar los motivos por los que se le deniega, recursos y plazos que le asisten según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los requisitos formales de los derechos de rectificación y cancelación exigidos son:
- Instancia de solicitud en la que se hagan constar los datos de filiación completos, el domicilio actual y en el caso de que se pretenda una cancelación y/o anulación parciales, el antecedente concreto a que se refiera la solicitud.
- Fotocopia de DNI/NIE o pasaporte en vigor, salvo que se haya prestado consentimiento para verificar los datos de identidad. Para los extranjeros que carezcan de NIE, fotocopia del Pasaporte en vigor.
- Certificado de las Autoridades Judiciales correspondientes, acreditando la resolución adoptada respecto al antecedente o antecedentes que se desean cancelar y/o anular.
- En el caso de sanciones administrativas, certificación que acredite el pago efectivo de la multa o estar exento de responsabilidad por los hechos que motivaron los antecedentes.
- En caso de actuar a través de representante legal, poder de representación específico para el ejercicio del derecho de cancelación.
- Autorización para obtener el certificado de antecedentes penales en el Registro de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.
- Para el ejercicio de los derechos enumerados anteriormente, al amparo de la Ley Orgánica 15/1999 y el Real Decreto que la desarrolla, necesitan invocar en su solicitud el fichero o ficheros sobre los que se ejercerá el derecho o derechos, dado que el Archivo Central de la Policía sólo gestiona competencias sobre el denominado «PERPOL» PERSONAS DE INTERÉS POLICIAL. Sólo cuando se refiere a este fichero, la instancia deberá ser presentada en las Comisarías, Registros del Cuerpo Nacional de Policía o en el aludido Archivo, al que las remitirán las anteriores dependencias si las recibieran.
En el Cuerpo de la Guardia Civil estos antecedentes se recogen en el fichero «INTPOL«, y la instancia o solicitud se dirigirá a la Unidad Técnica de Policía Judicial, de la Guardia Civil.