Detención en Guadalajara de un ciudadano de nacionalidad marroquí por su presunta participación en diversos ilícitos penales relacionados con el enaltecimiento terrorista de naturaleza yihadista


La Policía Nacional detiene en Guadalajara por enaltecimiento terrorista a un ciudadano marroquí que incitaba a cometer atentados suicidas

Ministerio del Interior

Guadalajara, 30/04/2018

Realizaba una importante labor de divulgación y proselitismo del ideario yihadista a través de las redes sociales

La investigación se inició horas después de que se cometieran  los atentados de Barcelona y Cambrils en agosto del año pasado

En la Operación policial, denominada NIOBE, ha sido clave la colaboración ciudadana

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Agentes de la Brigada Provincial de Información de Madrid, en colaboración con la Brigada Provincial de Información de Guadalajara, y coordinados por la Comisaría General de Información de la Policía Nacional, han procedido a la detención en Guadalajara de un ciudadano de nacionalidad marroquí por su presunta participación en diversos ilícitos penales relacionados con el enaltecimiento terrorista de naturaleza yihadista.

El detenido, fuertemente radicalizado, utilizaba las redes sociales para divulgar propaganda de las organizaciones terroristas DAESH y Al Qaeda. Se le han incautado numerosos medios electrónicos, terminales telefónicos y documentación de gran interés y que están siendo analizados por los investigadores

Pocas horas después de que tuvieran lugar los atentados terroristas perpetrados en agosto pasado en Barcelona y Cambrils, y gracias a la información aportada por un ciudadano, se comenzó la investigación, denominada NIOBE, y que ha culminado hoy con la detención del ciudadano de origen marroquí, que llevaba a cabo una incesante labor de enaltecimiento terrorista.

Las publicaciones que difundía el detenido a través de diversas redes sociales que él mismo gestionaba iban desde mensajes de los líderes religiosos más radicales del autodenominado Estado Islámico hasta diverso material que incitaba de forma directa a la comisión de actos terroristas contra objetivos occidentales.

Divulgaba videos con instrucciones para llevar a cabo la Yihad y que señalaban numerosos objetivos que podrán ser objeto de ataques, tales como bancos, universidades, hoteles, etc. En dichos videos, que el detenido difundía y alentaba con frases para que su contenido violento fuera tenido en cuenta, también ensalzaba y llamaba a realizar atentados suicidas contra todo lo que represente Occidente.

De DAESH a Al Qaeda

Una de las circunstancias que más ha llamado la atención de los investigadores es que en el detenido, al igual que en diversos entornos radicales de corte islamista que están siendo objeto de seguimiento, se ha podido observar un cambio sustancial de apoyo y ensalzamiento al grupo terrorista Al Qaeda.

Desde que el autodenominado Estado Islámico ha sido derrotado -incluso este grupo terrorista ha llegado a admitir su derrota en zonas de conflicto sirio-iraquí- existen diversos clérigos y seguidores que han comenzado a criticar la forma de actuación de Daesh y a alabar la forma de proceder de Al Qaeda.

Esta línea se ha podido apreciar en las diferentes publicaciones que efectuaba el detenido, que si bien, en un primer momento ensalzaba al Estado Islámico, incluso llegando a crear perfiles en redes sociales, bajo el nombre del líder de dicho grupo terrorista Abu Bakr Al Baghdadi, posteriormente, ha procedido a difundir videos que enaltecen a la organización terrorista Al Qaeda.

La investigación se ha desarrollado bajo la supervisión del Juzgado Central de Instrucción Número 5 y de la Fiscalía de la Audiencia Nacional

Habilitación de profesores de Centros de Formación

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19/01/11

Profesores Gua. Campo

Desde esta página usted podrá consultar toda la información necesaria para obtener la acreditación de profesor de los Centros de Formación de Guardas Particulares del Campo y sus especialidades.

Si posee firma digital puede realizar el trámite de solicitud para obtener la acreditación de profesor de los centros de formación para guardas particulares del campo y sus especialidades, pulse aquí para acceder a la Sede Electrónica de la Guardia Civil.

Descripción del procedimiento

Las personas que deseen impartir clases en los centros de formación para Guardas Particulares del Campo y sus especialidades deberán solicitar la acreditación que les faculte como profesor de los correspondientes módulos profesionales de formación.

La instancia de solicitud se dirigirá al Excmo. Señor Coronel Jefe del Servicio de Protección y Seguridad, de la Dirección General de la Guardia Civil.

A continuación se relacionan las áreas y número de temas de las mismas.

Materias comunes:

  • Área jurídica (14 temas)
  • Área socio-profesional (3 temas).
  • Área técnico-profesional (5 temas)
  • Área instrumental (1 tema)
  • Área de prácticas (4 temas)

Materias exclusivas de guardas de caza:

  • Área jurídica (8 temas)
  • Área técnico-profesional (1 temas)
  • Área instrumental (1 tema)
  • Área de prácticas (2 temas)

Materias exclusivas de guardas de pesca marítimos:

  • (2 temas)

Educación física:

Las pruebas físicas se determinan en la Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría de Estado de Interior; pulse aquí para descargarla.

Los módulos de profesionales de formación se establecen en la Resolución de la Secretaría de Estado de Interior de fecha 19 de enero de 1996, modificada por la Resolución de 18 de enero de 1999.

Valoración de los requisitos exigidos
Con el fin de que la Comisión de Valoración del Profesorado pueda comprobar que se cumple con los requisitos exigidos para obtener la acreditación como profesores en las materias solicitadas (Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de Seguridad Privada), los interesados deben aportar siguientes documentos:

  • Currículum del interesado.
  • Fotocopias compulsadas de la titulación académica así como de títulos, diplomas o  certificados de estudios no reglados, incluyendo memoria pedagógica de los mismos.
  • Certificado expedido por la empresa, centro u organismo, acreditativo de su experiencia profesional en materia de seguridad privada (para los casos de solicitud de materias en razón de experiencia profesional en el sector de la seguridad privada, como vigilante de seguridad, guarda particular  del campo, Jefe y Director de seguridad)..

Una vez revisados los expedientes de solicitud de acreditación por la Comisión de Valoración del Profesorado y en consonancia con la decisión adoptada, se concederán o en su caso se denegarán las peticiones formuladas. En consecuencia se expedirá un diploma acreditativo que será remitido al interesado por correo ordinario.

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Instancia de solicitud y documentación

Remisión o presentación de la instancia de solicitud

La instancia de solicitud, pulse aquí para descargarla,  para solicitar la acreditación como profesor de los Centros de Formación de Guardas Particulares del Campos se ajustará al modelo establecido para este trámite y podrá:

  • Enviarse directamente, por cualquier medio que acredite su envío, a la siguiente dirección:Dirección General de la Guardia Civil
    Servicio de Protección y Seguridad
    C/ Guzmán el Bueno, 110 – 28003 Madrid
  • Presentarse para su posterior curso en las Intervenciones de Armas, cuarteles de la Guardia Civil, dependencias policiales, oficinas de correos o cualquier otra dependencia referida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Documentación exigida

La remisión de la documentación que a continuación se relaciona para la valoración de los requisitos exigidos para obtener la acreditación para impartir las enseñanzas de formación se deberá cursar junto con la instancia de solicitud.

  • Currículum del interesado
  • Fotocopias compulsadas de la titulación académica así como de títulos, diplomas o certificados de estudios no reglados, incluyendo memoria pedagógica de los mismos.
  • Certificado expedido por la empresa, centro u organismo, acreditativo de su experiencia profesional en materia de seguridad privada (para los casos de solicitud de materias en razón de experiencia profesional en el sector de la seguridad privada, como vigilante de seguridad, guarda particular  del campo, Jefe y Director de seguridad).

 Tarifa de autorización de centros de formación y actualización de personal de seguridad privada

AÑO 2011: 50,29 € (1) – Tarifa undécima

(1) Esta cantidad se incrementará anualmente en función de la cuantía que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que se publicada cada final de año.

Tarifa de compulsa de documentos e incremento por páginas.

AÑO 2011: 3,61 €  y 1,79 € por incremento por página – Tarifa decimocuarta

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Normativa reguladora

  • Resolución de la Secretaría de Estado de Interior de fecha 19 de enero de 1996, modificada por la Resolución de 18 de enero de 1999.
  • Disposición Adicional segunda de la Ley 23/92, de 30 de julio, de Seguridad Privada, en relación con los artículos 53, 56 y 57 del Real Decreto 2364/94, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
  • Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de Seguridad Privada.

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Trámites relacionados

La Guardia Civil, en el marco de la operación LUDAR, desarrollada en Baleares, ha procedido a la detención de 66 personas pertenecientes a cuatro clanes diferentes, dedicados al tráfico de drogas

La Guardia Civil detiene a 66 personas pertenecientes a cuatro clanes diferentes dedicados al cultivo “Indoor” de marihuana

Se han llevado a cabo de 72 registros domiciliarios ubicados en diferentes localidades de la Isla de Mallorca y se ha desmantelado 13 plantaciones de marihuana gestionadas a través del procedimiento “Indoor”

Asimismo, se ha incautado diversas cantidades de sustancias estupefacientes dispuestas para su tráfico ilícito y distribución, armas de fuego y cerca de 150.000 euros, entre otros efectos

La Guardia Civil detiene a 66 personas pertenecientes a cuatro clanes diferentes dedicados al cultivo “Indoor” de marihuana

La Guardia Civil, en el marco de la operación LUDAR, desarrollada en Baleares, ha procedido a la detención de 66 personas pertenecientes a cuatro clanes diferentes, dedicados al tráfico de drogas y a la comisión de robos y hurtos. Se ha procedido al registro de  72 domicilios ubicados en diferentes localidades de la isla de Mallorca (Alaró, Algaida, Biniali, Binissalem, Felanitx, Inca, Palma y Selva), 58 lo eran en la capital Palmesana.

Asimismo, se ha desmantelado trece plantaciones de marihuana gestionadas a través del procedimiento “Indoor”, así como se han neutralizado un total de 30 puntos de venta de sustancias estupefacientes, la mayoría ubicados en el enclave de Son Banya, y diversas cantidades de droga dispuestas para su tráfico ilícito y distribución (cocaína, MDMA, hachís, marihuana y ghb),
Igualmente, se han incautado diversas útiles de pesaje, envoltorios y sustancias de corte, cerca de 150.000 euros, armas de fuego, simuladas, armas prohibidas y armas blancas, joyas y relojes.
La operación se inició hace varios meses, cuando los agentes tuvieron conocimiento de la existencia de un grupo de personas que podría estar dedicándose a tráfico de estupefacientes en la isla de Mallorca.
Continuando con las investigaciones, los agentes pudieron constatar que estas personas, que pertenecían a 4 clanes diferentes, tenían gran capacidad y dispersión geográfica y estaban distribuyendo el estupefaciente por toda la isla de Mallorca. Por tal motivo, el pasado 25 de abril, se procedió a la a la fase de explotación de la operación procediendo a la detención de sus integrantes.
Las actuaciones han culminado la mañana del viernes día 27 con la incautación de 2 kilos de cocaína, localizados envueltos y ocultos en un «zulo» en un paraje del barrio de Son Ferriol (Mallorca).
Cabe destacar, que los agentes están investigando el origen de los bienes incautados con la finalidad de poder determinar si sus propietarios legítimos fueran terceras personas afectadas por robos en sus viviendas. Asimismo, se está estudiando la diferente documentación que ha sido hallada en los registros. La operación continúa abierta por lo que nos se descartan nuevas detenciones.
La operación ha sido llevada a cabo por el Equipo de la Policía Judicial de Algaida y el Equipo contra el Crimen Organizado (ECO) de Baleares, y han participado en las detenciones Grupo de Acción Rápida (GAR) y los Grupos Rurales de Seguridad (GRS) de la Guardia Civil.
La operación ha sido dirigida por el Magistrado Juez titular del JI número 5 de los de Palma y la Fiscalía de las Illes Balears.
Para más información pueden establecer contacto con la Oficina Periférica de Comunicación de la Guardia Civil en Baleares en el teléfono 971774100 ext 296.

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Otras informaciones:

CONSIDERACIONES de www.siseguridad.es : LA VALIDEZ de las inspecciones que efectua el inspector de servicios de una empresa de seguridad Privada.

La normativa de seguridad privada, Ley 23/92 de 30 de Julio, de Seguridad Privada (LSP), desarrollada con posterioridad mediante el Real Decreto 2364/94, de 09 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (RSP), no contempla figuras que si lo hace el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad Privada.Por lo tanto, no cabe invocar la legislaciòn de seguridad privada a la hora de evaluarla de inspector de servicios.Se entiende, sin perjuicio de prueba en contrario, que tanto la figura del inspector, como la de jefe de equipo, entre otras, existen mediante el pacto entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios del sector, con el objetivo de dar un reconocimiento a ciertos trabajadores por su responsabilidad y compromiso laboral con la empresa mediante determinados puestos de trabajo.

Como ya se ha reseñado, ni la LSP ni el RSP amparan dichas denominaciones pero si determinan que funciones pueden o no hacer el personal de seguridad privada, y màs concretamente el Jefe de Seguridad. Los articulos 95 b) y 99 del RSP, son claros al respecto.Por lo tando, no caben a la hora de la inspecciòn de los servicios de seguridad que la del Jefe de Seguridad o el Jefe de Seguridad Delegado.

Si no existiera la figura del Jefe de seguridad Delegado, el nombramiento sobre la persona escogida tendria que cumplir los requisitos de experiencia y capacidad anàlogos a la persona que ocupa el puesto de Jefe de seguridad, segùn la orden ministerial del pasado mes de marzo tambien de estudios oficiales reglados requeridos necesarios para acceder, debiendo ser comunicada tal delegaciòn de funciones a la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo nacional de la Policia debiendo reunir para ello las mismas consideraciones de idoneidad que el Jefe de Seguridad de la Empresa, de forma inexcusable y con la debida diligencia, justificando la misma y explicitando el alcance de las funciones delegadas.

Lo anteriormente expuesto, nos lleva a la conclusiòn de que ni los inspectores, ni mucho menos los Jefes de Equipo, tienen capacidad para realizar las funciones asignadas por el RSP en su articulo 95 b) y c) al Jefe de Seguridad, y, por lo tanto, resulta indiferente que sean o no vigilantes de seguiridad.Sin embargo, si a un vigilante de seguridad, con los requisitos necesarios, le fueran delegadas las funciones del articulo 99, para determinada plantilla, si se cumplieran las exigencias previstas en la normativa de seguridad privada, pudiendo realizar dichos cometidos.

De lo que antecede, es criterio que los inspectores de servicio, como categoria laboral, no pueden efectuar las competencias asignadas al Jefe de Seguridad, salvo en los casos en los que hayan sido nombrados Jefes de Seguridad Delegados de la forma prevista, pudiendo, en todo caso, efectuar controles de indole estrictamente laboral.

Para mayor información:

www.directordeseguridad.cat

www.siseguridad.org