Plan de la Policía Nacional contra la Trata de Seres Humanos con fines de explotación sexual
La Policía Nacional desarticula una organización criminal que controlaba la prostitución en la madrileña calle Montera .Las seis mujeres liberadas eran obligadas a mantener relaciones sexuales con sus clientes sin protección https://t.co/aFgOXpF47w pic.twitter.com/5JcsTsHZoj
— Careonsafety Noticias seguridad pública y privada (@careonsafety) 3 de abril de 2018
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La Policía Nacional desarticula una organización criminal que controlaba la prostitución en la madrileña calle Montera
Las seis mujeres liberadas eran obligadas a mantener relaciones sexuales con sus clientes sin protección, a comprarse ropa provocativa, teñirse el pelo para llamar la atención y “trabajar” sin descanso.
Para viajar a España, las víctimas eran engañadas con un falso trabajo en el sector de la hostelería y, una vez en nuestro país, eran hacinadas en un piso y obligadas a ejercer la prostitución bajo la amenaza de hacer daño a sus familias en Rumania
El operativo policial ha culminado con un dispositivo simultáneo en España y Rumania en el que se ha detenido a los seis integrantes de la organización, cinco de ellos en nuestro país.
Trata de seres humanos
La trata de personas consiste en la esclavitud del siglo XXI y es uno de los delitos más comunes y que mueve mayor cantidad de dinero en todo el mundo, tras el del tráfico de drogas y de armas. Cada vez que se comete este delito, se violan todos los derechos humanos en una misma persona, corrompiendo no sólo su libertad y dignidad sino también su integridad física y emocional.
Las víctimas de este crimen suele ser personas vulnerables, sobre todo mujeres, niños y hombres en condiciones físicas o económicas delicadas, acostumbrados a la discriminación y que no oponen una gran resistencia.
Entendemos por Trata «la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluye como mínimo, la derivada de la prostitución y de otras formas de explotación sexual incluida la pornografía, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre o la mendicidad, las actividades delictivas y la extracción de órganos corporales».
La Trata de Seres Humanos constituye una violación grave de la dignidad, la libertad de la persona, y una forma de delincuencia grave.
Teléfono de Contacto: 900 10 50 90
Email: trata@policia.es
Twitter: @policia
Hastag: #contralatrata
27-marzo-2018.- Agentes de la Policía Nacional han desmantelado una organización de trata de seres humanos y han liberado a seis mujeres que eran explotadas sexualmente en la calle Montera de Madrid. Las víctimas eran obligadas a mantener relaciones sexuales con sus clientes sin protección y así conseguir un mayor beneficio económico. El operativo policial culminó con un dispositivo simultáneo en España y Rumania en el que se ha detenido a los seis integrantes de la organización, cinco de ellos en nuestro país. Las víctimas eran captadas en su país de origen, Rumanía, bajo engaño ya que se les ofrecía trabajo en el sector de la hostelería y, una vez llegaban a Madrid, eran hacinadas en un piso y obligadas a ejercer la prostitución bajo la amenaza de hacer daño a sus familias. Además, la organización contaba con estructuras dedicadas al blanqueo de capitales en Rumania, donde enviaban el dinero a través de empresas de mensajería.
La investigación comenzó al detectarse la presencia de una organización criminal rumana que podría estar cometiendo delitos relacionados con la trata de seres humanos con fines de explotación sexual en la calle Montera de Madrid. Tras diversas gestiones, los agentes comprobaron que las mujeres eran captadas en Rumanía y trasladadas en autobús hasta Madrid bajo el engaño de un trabajo en el sector de la hostelería. Una vez en nuestro país, eran alojadas en un piso cercano a la calle Montera y obligadas a ejercer la prostitución en la zona, donde vivían en unas condiciones insalubres y tremendamente precarias, al permanecer hacinadas y dormir en colchones que se encontraban esparcidos por el suelo.
15 minutos para cada servicio
Los agentes pudieron averiguar que las víctimas eran obligadas a mantener relaciones sexuales con sus clientes sin protección para conseguir así un mayor beneficio económico. Además los investigados también les imponían como tenían que arreglarse, debían vestirse con ropa provocativa y teñirse el pelo con el objetivo de llamar la atención de los clientes. Los integrantes de la organización criminal fijaban las tarifas y duración de los servicios sexuales, no permitiéndoles descansos durante la jornada que, comenzaba a las cuatro de la tarde y finalizaba a las tres de la mañana del día siguiente. Las mujeres explotadas tenían un tiempo estipulado para los servicios de 15 minutos y eran multadas si sobrepasaban dicho periodo.
Durante la investigación también se comprobó que dos de las víctimas sufrieron agresiones sexuales por parte del cabecilla de la organización, quien las tenía totalmente aterrorizadas. Las explotadas, a las que no se les permitía hablar entre ellas, eran controladas y amedrentadas por los componentes de la organización. Asimismo sufrían un férreo control, tanto en el domicilio de forma directa por los cabecillas de la organización, como en la vía pública por una controladora que, también ejercía la prostitución, pero que formaba parte de la organización. Esta persona, siempre a escasos metros de las víctimas, comprobaba el cumplimiento de las normas impuestas por la organización. Incluso en el caso de que fuesen identificadas por agentes de policía, estaban obligadas a asegurar que ejercían la prostitución de forma voluntaria no pudiendo indicarles el domicilio donde residían.
Llamadas de control
Tanto el inicio como la finalización de cada servicio sexual, debía ser comunicado a los cabecillas de la organización mediante una llamada telefónica donde indicaban también el dinero obtenido por el mismo. De esta forma, la líder controlaba la recaudación que debían entregar las víctimas al llegar a la vivienda, llegando a cachearlas y descalzarlas por si se quedaban con algo de dinero. Para dichas comunicaciones asignaban a cada víctima un terminal móvil.
El operativo final concluyó con la realización de un dispositivo policial simultáneo en España (Madrid) y Rumania, procediéndose a la desarticulación de la organización. En dicho dispositivo se detuvo a cinco personas en Madrid y una en Rumania y se registró un domicilio de Madrid donde se intervino diversa documentación incriminatoria, varios teléfonos móviles y 5.470 euros en efectivo. Además los agentes han podido comprobar que la organización contaba en Rumanía con una estructura de blanqueo de capitales mediante la compra de propiedades y el envío de dinero a su país de origen mediante empresas de mensajería.
Plan Policial contra la Trata de Seres Humanos con fines de Explotación Sexual
Esta operación se enmarca dentro del Plan de la Policía Nacional contra la Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación Sexual, puesto en marcha en 2013, y que dio lugar a la creación de la Brigada Central contra la Trata de Seres Humanos, adscrita a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional. Con la puesta en marcha de este plan, la Policía Nacional activó la línea telefónica 900 10 50 90 y el correo trata@policia.es para facilitar la colaboración ciudadana y la denuncia, anónima y confidencial, de este tipo de delitos.
Otras noticias: Armas depostitas
Al cesar en la habilitación para la tenencia legal de las armas, el interesado deberá depositarlas inmediatamente, con las correspondientes guías de pertenencia:
- Si se trata de armas de propiedad particular amparadas por licencias A, en los locales que determine el Ministerio de Defensa, en los servicios de armamento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, cuando los Cuerpos carezcan de servicio de armamento.
- Si se trata de armas amparadas por cualquier otro tipo de licencia o permiso en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que corresponda.
En los supuestos a que se refiere el apartado anterior, se procederá en la forma siguiente:
- El interesado podrá enajenar las armas a personas provistas de la licencia o permiso correspondiente, con las mismas formalidades que si fueran nuevas, o proceder a su inutilización, obteniendo el correspondiente certificado de inutilización.
Si ha sido titular de licencia A, también podrá conservar la posesión del arma sin inutilizar, proveyéndose de otro tipo adecuado de licencia, cuando así lo permita el Reglamento de Armas. - En caso contrario, pasado el plazo de un año, podrán ser enajenadas las armas por las Comandancias de la Guardia Civil o servicios de armamento de los Cuerpos o Unidades enpública subasta, entregándose su importe al interesado o ingresándolo a su disposición en la Caja General de Depósitos.
El plazo será de dos años en los supuestos de empresas o personal de seguridad, excepto cuando se produzca la extinción de las empresas u organismos titulares o el cese de los mismos en la realización de servicios de custodia y vigilancia, en cuyo caso el plazo será también de un año, a contar desde la fecha de su depósito.
En caso de fallecimiento del titular, los herederos o albaceas deberán depositar las armas en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil, tratándose de particulares y en los servicios de armamento de sus propios Cuerpos y Unidades, si son titulares de licencia A, donde quedarán durante un año a su disposición por si algunos de ellos pudiese legalmente adquirirlas y quisiera hacerlo. El depósito deberán efectuarlo tan pronto como tengan conocimiento de la obligación de hacerlo y en cualquier caso dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento.
Durante el indicado plazo de un año, también podrán los herederos enajenar el arma o recuperarla, documentándola o inutilizándola para conservarla como recuerdo familiar o afectivo en la forma prevenida respectivamente en los artículos 107 y 108 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba Reglamento de Armas.
Transcurrido dicho plazo sin que el arma hubiera recibido ninguno de los destinos previstos en los apartados anteriores, se enajenará en pública subasta y se entregará su importe a los herederos o se ingresará a su disposición en la Caja General de Depósitos.