Consulta de una Unidad Territorial de Seguridad Privada, con motivo de la determinación de la necesidad de sustitución de cajas fuertes instaladas en entidades bancarias en el año 1995, las cuales no acreditan el nivel de resistencia exigido en la norma, conforme a la norma UNE EN 1143-1, ni bloqueo, ni retardo, así como aquellas instaladas con anterioridad a la publicación de la Ley de Seguridad Privada.

Cajas fuertes en entidades bancarias

Consulta de una Unidad Territorial de Seguridad Privada, con motivo de la determinación de la necesidad de sustitución de cajas fuertes instaladas en entidades bancarias en el año 1995, las cuales no acreditan el nivel de resistencia exigido en la norma, conforme a la norma UNE EN 1143-1, ni bloqueo, ni retardo, así como aquellas instaladas con anterioridad a la publicación de la Ley de Seguridad Privada.

Consideraciones

El artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, establece la consideración de establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad al disponer:

“1. El Ministerio del Interior podrá ordenar, conforme a lo que se disponga reglamentariamente, la adopción de las medidas de seguridad necesarias en establecimientos e instalaciones industriales, comerciales y de servicios, para prevenir la comisión de los actos delictivos que se puedan cometer contra ellos, cuando generen riesgos directos para terceros o sean especialmente vulnerables.”

“4. Los titulares de los establecimientos e instalaciones serán responsables de laadopción o instalación de las medidas de seguridad obligatorias, de acuerdo con lasnormas que respectivamente las regulen, así como de su efectivo funcionamiento y de la consecución de la finalidad protectora y preventiva propia de cada medida, sin perjuicio de la responsabilidad en que al respecto puedan incurrir sus empleados.”

En el Capítulo II, del Título III, del R.D. 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento de Seguridad Privada, comprende los artículos 119 y siguientes, donde se señala el tipo de establecimientos obligados y las medidas de seguridad especificas exigibles. A este respecto el artículo 122, en relación con los bancos, cajas de ahorro y demás entidades de crédito, establece en su apartado primero que “Las cajas fuertes deberán tener los niveles de resistencia que determine el Ministerio del Interior, y estarán protegidas con los dispositivos de bloqueo y apertura automática retardada…”, dispositivos que debían cumplir lasprevisiones contenidas en el los apartados a) y b) del artículo 121 del Reglamento deSeguridad Privada.

No fue hasta el 23 de abril de 1997, con la publicación de la Orden del Ministerio del Interior, por la que se concretan determinados aspectos en materia de medidas deseguridad en cumplimiento del Reglamento de Seguridad Privada, cuando se determinó el nivel de resistencia exigible a las cajas fuertes instaladas en entidades bancarias o de crédito, señalando en su artículo noveno, que “Las cajas fuertes han de estar construidas con materiales cuyo grado de seguridad sea del nivel D, según las normas UNE108- 110-87 y 108-112-87, las cuales serán oportunamentesustituidas, en su caso, por la  norma europea UNE EN 1143-1”, norma europea que aún en la actualidad prevalece como referente para el establecimiento de los grados de seguridad de las cajas fuertes en virtud del artículo 9 de la Orden INT 317/2011, que derogó a la anterior, y que señala que el grado de seguridad de esta medida será el 4.

En el caso que nos ocupa, la caja fuerte instalada lo fue en el año 1995, fecha en la que se encontraba ya en vigor el Reglamento de Seguridad Privada actual, y en elque no se determinaba de manera efectiva el grado de seguridad, refiriendo que los nivele de seguridad de las mismas serán los“…que determine el Ministerio del Interior,…”, no siendo hasta el año 1997, con la Orden Ministerial referida, cuando se determina expresamenteen el artículo noveno el gradode seguridad de los materiales con los quedebían ser construidas.

No existiendo por tanto, en la fecha de instalación de la referida caja fuerte, posibilidad de serle exigido el cumplimento de ungrado de resistencia concreto, dado que en ese momento temporal aun no estaba especificadoni recogido ni en la norma principal, ni en otras complementarias de regulación de este ámbito, vale de aplicación los mismos fundamentos para las cajas fuertes instaladas con anterioridad a la publicación del propio Reglamento el día 9 de diciembre de 1994.

En cuanto al dispositivo de bloqueo y apertura automática retardada, sí le seríaexigible su disposición dado que específicamente ya viene recogido en el punto primero del artículo 122, en relación con el apartado a) y b) del artículo 121 del Reglamento de Seguridad Privada. No así respecto de las cajas instaladas en fechas anteriores a la publicación de la norma señalada en el párrafo anterior.

En cuanto a los posibles periodos de adecuación que a dicha medida física pudieranafectarle, la Disposición Transitoria de la Orden del Ministerio del Interior de 23 deabril de 1997, en su párrafo segundo señalaba el plazo de cinco años para que se adecuaran las cámaras acorazadas de efectivo y las de compartimentos de alquiler de las Entidades de Crédito, no señalando específi camente y por tanto quedando excluidas las cajas fuertes instaladas en dichas entidades.

Finalmente la Orden INT 317/2011, de 1 de Febrero, sobre medidas de seguridadprivada, se establece en la Disposición Transitoria única en relación con los periodos de adecuación que:

“Los elementos de seguridad física y electrónica y los sistemas de alarma, instaladosantes de la fecha de la entrada en vigor de la presente Orden, en establecimientos obligados y no obligados, se adecuarán a la misma en el plazo de diez años.”

Conclusiones

De todo lo anterior cabe concluir los siguientes extremos relacionados con la consulta efectuada:

– Las cajas fuertes instaladas con anterioridad a la entrada en vigor del R.D.2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de SeguridadPrivada, publicado en el BOE 8 de 10 de Enero de 1995, y que entró en vigor un día después, no tienen obligación legal ni de estar en posesión de documentación que garantice que reúnen los niveles de resistencia actualmente exigibles, ni de dispositivos de bloqueo y apertura automática retardada, al no ser exigida expresamente su adecuación en la Disposición Transitoria quinta sobre plazos de adecuación de medidas de seguridad del Reglamento de Seguridad Privada, si  bien, al igual que el resto de elementos que componen la seguridad física de los establecimientos obligados, deberán adecuarse al cumplimiento de las exigencias normativas en el plazo de diez años.

– Las cajas fuertes instaladas con posterioridad a la entrada en vigor del R.D.2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de SeguridadPrivada, publicado en el BOE 8 de Enero de 1995, y hasta la entrada en vigor de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de abril de 1997, publicada en el BOE núm. 108 de 6 de mayo de 1997, que lo fue, el día 5 de junio de 1997, tampoco tendrían obligación legal de estar en posesión de documentación que garantice que reúnenlos niveles de resistencia actualmente exigibles, si bien, sí debían disponer, por así encontrarse prevenido en el punto primero del artículo 122, en relación con el apartado a) y b) del artículo 121, del citado Reglamento de Seguridad Privada, de dispositivos de bloqueo y apertura automática retardada,encontrándose esta medida, del mismomodo que las cajas anteriores, respecto de su grado de seguridad, obligadas a su adecuación a las exigencias normativas en vigor en el plazo de diezaños, (Disposición Transitoria única, del RD 2364/1994).

Suplemento Temático: Seguridad en el Sistema Financiero

Fuente:Belt.es


Fuente: Segurpri nº37
Fecha: 2012/03/01

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Fuente GEES

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Luxemburgo, 9 oct (EFE).- El ministro español de Economía, Luis de Guindos, aseguró hoy que respeta «muchísimo» las proyecciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) sobre el PIB español de 2012 y 2013, pero que éstas «no están escritas en bronce».

El Gobierno español cree que sus propias proyecciones no son demasiado optimistas respecto a este año y para 2013 intentará evitar que se cumplan los pronósticos, señaló el ministro.

«Respeto muchísimo las proyecciones del Fondo Monetario Internacional (FMI), pero son como las que hacen otros analistas internacionales o también analistas privados; son absolutamente respetables pero no están escritas en bronce», señaló el ministro en rueda de prensa tras la reunión del Ecofin (ministros de Economía de la UE).

El FMI calcula que la economía española caerá un 1,5 % este año y un 1,3 % el próximo y cerrará este ejercicio con un desequilibrio del 7 % del PIB y el de 2013 con uno del 5,7 %, muy por encima de lo exigido por la UE, pero también alertó de que los problemas de los países periféricos afectan cada vez más a otras naciones.

De Guindos recordó que el FMI ha dado una nota más negativa con respecto a las perspectivas económicas mundiales y para la zona del euro, pero que, en lo que se refiere a España las previsiones del Gobierno para este año no son demasiado optimistas.

«El Gobierno empezó para 2012 con una proyección de una contracción del -1,7 % del PIB y luego la mejoró ligeramente al -1,5 %, y datos que vamos teniendo disponibles del tercer trimestre ponen de manifiesto que la proyección que tenemos para el conjunto del año es una previsión prudente», señaló.

De hecho, recalcó el ministro, tiene una cierta holgura en lo que que puede ser el resultado final del PIB español.

«Por tanto, no creo que el Gobierno haya sido excesivamente optimista en la proyección de este año», sostuvo.

Con respecto al año próximo, De Guindos reiteró que lo que tiene que hacer el Gobierno -que prevé una contracción del 0,5 % del PIB- «es intentar modificar las previsiones económicas, que surgen de modelos macroeconómicos que tienen cierta capacidad predictiva, pero que no siempre se cumplen en la realidad y que se pueden modificar en función de la política económica».

«Eso tiene que ser la voluntad del Gobierno, intentar modificar unas proyecciones negativas, de una caída del 1,3 % y hacerlo a través de sus políticas económicas», recalcó.

De acuerdo con De Guindos, «no existe absolutamente nadie, ni instituciones europeas ni países que hayan puesto en duda lo más mínimo el esfuerzo que está haciendo España para, partiendo de una situación difícil del año 2011, corregir sus cuentas y hacerlo de una forma que sea sensata a la hora de minimizar el impacto sobre la actividad económica».

El ministro español reiteró que unos 200 puntos básicos de la prima de riesgo española se pueden atribuir a dudas sobre la irreversibilidad o no del proyecto del euro.

«Tenemos que avanzar en diferentes frentes. Desde el marco institucional el BCE ha hecho una aportación (con su anuncio del programa de compra de deuda), pero el problema es mucho más global», sostuvo.

«Siempre digo lo mismo tanto cuando sube la prima como cuando baja: lo que me interesa es la permanencia» a medio plazo, porque aunque España haya cubierto ya casi el 90 % de sus necesidades financieras del año y a un coste inferior al del año pasado, con un diferencial tan elevado y con 200 puntos incluidos en el riesgo país «es muy difícil que el sector financiero se financie», concluyó.

1. El Grupo de Estudios Estratégicos (GEES) es una asociación sin ánimo de lucro, privada e independiente, dedicada al estudio y análisis de la seguridad internacional y de la defensa.

Funciones Básicas GEES

1. El Grupo de Estudios Estratégicos (GEES) es una asociación sin ánimo de lucro, privada e independiente, dedicada al estudio y análisis de la seguridad internacional y de la defensa.

2. El GEES fue creado en 1987 con el objetivo de aunar y potenciar el trabajo de un grupo de profesionales dedicados a los estudios estratégicos. Forman parte del GEES personas provenientes del mundo académico, del militar, de la empresa privada y de profesiones liberales.

Las funciones básicas del GEES son:

  • El estudio de los problemas de la seguridad internacional y española, en sus aspectos políticos, estratégicos, militares, económicos, tecnológicos e industriales.
  • Contribuir a la información y difusión de los problemas de la comunidad internacional, de los conflictos que surgen entre sus miembros, y de los requerimientos y alternativas para la construcción y consolidación de un mundo estable y en paz.
  • Posibilitar la comunicación y el intercambio de ideas entre personas e instituciones vinculadas a la planificación y ejecución de la política de seguridad.
  • La elaboración de dictámenes, informes e investigaciones que se soliciten al GEES sobre dichos temas.

Para cumplir con sus fines de investigación, el Grupo cuenta con un personal y unos medios propios. La mayoría de los miembros son académicos con unos campos de procedencia tan variados como la historia contemporánea, la ciencia política, las relaciones internacionales, la sociología, la economía y la informática, cuyos planteamientos se complementan con la experiencia y conocimiento de los militares en activo miembros del Grupo.

Para facilitar el intercambio de ideas sobre aspectos relevantes de la seguridad internacional, el Grupo organiza un Foro de Debate, donde expertos, nacionales y extranjeros, tienen la oportunidad de expresar y contrastar sus propios criterios. El Foro pretende generar un clima abierto a la discusión de ideas innovadoras, que enriquezca el debate estratégico nacional.

El GEES también contribuye públicamente a este debate mediante la difusión de sus informes así como por la publicación, en distintos medios de comunicación, de artículos sobre distintos temas de la política de seguridad.

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por GEES, 09 de Octubre de 2012

 

En Hispanoamérica, otras dictaduras acabaron por un vuelco en las urnas: la del PRI en México, la de los sandinistas en Nicaragua, la del general Pinochet en Chile, la de Alberto Fujimori en Perú… No será el caso del chavismo venezolano. Pese a que el golpista Hugo Chávez juega la carta de hombre inculto, ha demostrado ser un político excepcional: ha ganado cuatro elecciones presidenciales, caso inédito en su país.

Para la izquierda española y americana, desde Oliver Stone a Cayo Lara, Chávez es su gran esperanza blanca, el único gobernante de izquierdas del que pueden sentirse orgullosos, ya que aplica elprograma oculto con el que sueñan: nacionalizaciones económicas, antiamericanismo, antisemitismo, derroche público, control de la población… La revolución hecha carne y uniforme. Además, según su discurso, Chávez es el presidente más democrático de Europa y América, ya que ha sido el que más elecciones pluralistas ha ganado.
Pero ¿se puede sostener que ha sido una victoria limpia, cuando el presidente amenazó con la guerra civil si perdía, negó a su rival el acceso a la radio y la televisión públicas y dio un mitin el mismo día de la votación?
Pese a los trece años de régimen chavista, pese a los subsidios, pese a las amenazas, pese a la delincuencia, pese al adoctrinamiento en las escuelas y la televisión, pese a los milicianos, pese a los técnicos cubanos, el candidato de la oposición, Henrique Capriles, ha reunido 6,4 millones de votos. La victoria de Chávez ha sido, en porcentaje, la más ajustada de las cuatro: menos del 55% del voto, cuando en 2006 reunió un 62,8%. En las últimas semanas el miedo a la derrota era real en los gerifaltes del chavismo, así como en sus aliados internacionales.
Sólo quedan dos esperanzas para los demócratas: la unidad de la oposición en torno a Capriles para las elecciones regionales de diciembre y el cáncer que padece Chávez. La sucesión del caudillo es más un hecho que una probabilidad.
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